Puente de San Fernando

ASOCIACIÓN DE PERSONAS SORDAS DE ALCOY Y COMARCA.



Pasaje Rigoberto Albors, 3. Bajo.

03801 Alcoy (Alicante)



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miércoles, 1 de junio de 2011

SUBVENCIÓN ACCESIT

Hola compañeros/as.
Os adjuntamos información sobre la siguiente ayuda.

Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas ORDEN 19/2011, de 20 de mayo, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se regulan y convocan ayudas para la adquisición de equipos y tecnología de la información y la comunicación específicos para el acceso a la Sociedad de la Información de personas físicas con discapacidad (ACCESTIC).

Características, modalidad, procedimiento de concesión y tipología de las ayudas
1. Las personas a las cuales se dirigen las ayudas reguladas y convocadas a través de la presente disposición no ejercen actividades económicas en las cuales ofrezcan bienes o servicios al mercado, por lo que no existe posibilidad alguna de falseamiento de la competencia. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, dado que no reúnen los requisitos fijados en el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea las referidas ayudas no precisan de su notificación o comunicación a la Comisión Europea.
2. Las ayudas que se convocan mediante la presente orden revisten la modalidad de subvención, y podrán solicitarse para la adquisición de los equipos y tecnología específicos dirigidos a la integración social de las personas con discapacidad en el ejercicio 2011.
3. El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva.
4. Las subvenciones reguladas a través de esta orden se incluyen dentro de la tipología de Intervención para la Inserción Social, persiguiendo los siguientes fines:
a) Refuerzo del desarrollo y la autonomía personal
b) Integración social con el entorno.
c) Integración laboral

Clase de proyectos y actuaciones financiados
Los proyectos y actuaciones objeto de las ayudas se subsumirán en los siguientes tipos (en orden de importancia):
a) Equipamiento para acceder a las telecomunicaciones.
b) Equipamiento para facilitar el acceso al ordenador o a Internet.
c) Equipamiento para facilitar la comunicación aumentativa o alternativa.
d) Equipamiento para facilitar el control del entorno.

Requisitos
Las personas solicitantes de las ayudas deberán reunir, al término del plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
a) Reconocimiento de la condición legal de minusvalía con un grado igual o superior al 33%.
b) Existencia de deficiencias de carácter motor, sensorial o psíquico-intelectual en la persona solicitante que impidan o dificulten su acceso a la Sociedad de la Información, a la eliminación o mitigación de las cuales deberá dirigirse específicamente la solicitud. En consecuencia, se excluirán aquellas solicitudes que supongan mejoras en el hogar o edificio que no se hallen vinculadas a los impedimentos físicos, sensoriales o psíquico-intelectuales señalados.
c) Idoneidad de lo solicitado para cubrir la necesidad que plantea la persona potencialmente beneficiaria.
d) Vecindad en cualquier municipio de la Comunitat Valenciana.

Lugar de presentación de solicitudes
Las solicitudes de subvención junto con la documentación requerida deberán presentarse, preferentemente, en los registros que a continuación se relacionan:
a) Registro General de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas (calle Santo Cáliz nº 2; CP: 46002, Valencia).
b) Registro de la Dirección Territorial de Justicia y Administraciones Públicas – Alicante (Rambla Méndez Núñez, 41 – Torre de la Generalitat –; CP: 03002, Alicante).
c) Registro de la Dirección Territorial de Justicia y Administraciones Públicas – Castellón (calle Mayor, 76 – Casa dels Caragols –; CP: 12001, Castellón de la Plana).

Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, iniciándose su cómputo el día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOCV.

Documentación
1. Solicitud suscrita por la persona interesada o por quien legalmente la represente, debidamente cumplimentada, según el modelo oficial que figura en el anexo 1.
2. Las fichas descriptivas de los productos o elementos que se desean solicitar –conforme al anexo 1.1, junto con dos presupuestos detallados suministrados por dos empresas distintas –concretándose claramente, en los mismos el importe total, incluyendo los tributos correspondientes– y un informe explicativo de las limitaciones que se persigue combatir con los mismos. Cada una de las fichas presentadas deberá numerarse y hacerse corresponder el coste del producto en ella descrito con el presupuesto de menor cuantía.
3. Ficha de mantenimiento de terceros, de acuerdo con el formulario que figura en el anexo 2, debidamente firmada, que servirá para acreditar la titularidad de la cuenta bancaria a través de la cual la persona beneficiaria desee percibir la subvención.
4. Documentación específica que deberán aportar las personas físicas solicitantes:
a) Copia cotejada del título o documento en virtud del cual se ejerza la representación legal de la persona solicitante (libro de familia, resolución judicial, documento público notarial, certificación registral o documento equivalente).
b) Copia cotejada del certificado de minusvalía en el que conste el diagnóstico y el grado de la misma.