Puente de San Fernando

ASOCIACIÓN DE PERSONAS SORDAS DE ALCOY Y COMARCA.



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miércoles, 23 de noviembre de 2011

INTÉRPRETES DE LENGUA DE SIGNOS




La figura profesional del intérprete de lengua de signos inicia su reconocimiento oficial a partir del año 1987 en que, por vez primera, se institucionaliza un servicio de interpretación dirigido a personas sordas. Desde ese momento se ha ido extendiendo la presencia de los/as intérpretes.


Hoy en día, los/as intérpretes de lengua de signos son un elemento imprescindible para posibilitar el acceso a la información y a la comunicación de las personas sordas. El colectivo de personas sordas en España es de, aproximadamente, doscientas mil, a las cuales van dirigidos de forma directa los servicios que se prestan, a los que habría que añadir todos sus interlocutores.


La actividad profesional de un/a intérprete abarca todos los campos de la vida cotidiana, siendo su concurso especialmente necesario en los ámbitos jurídico, médico, educativo e institucional, entre otros.


En su ejercicio profesional, el intérprete actúa como mediador de la comunicación entre usuarios de lengua de signos y de lengua oral, transmitiendo los mensajes de una lengua a otra. La interpretación puede ser directa o inversa en todos los ámbitos, de forma que las personas sordas y oyentes puedan recibir toda la información que necesiten en un momento determinado.

Al realizar su trabajo, el intérprete de lengua de signos está sujeto al código deontológico16 de obligado cumplimiento para todos los profesionales que ejerzan esta profesión en el Estado español. Los principios básicos que dicho código recoge se refieren a la neutralidad, confidencialidad y fidelidad profesional que rigen la actuación de los intérpretes.

Las técnicas de interpretación en lengua de signos más habituales en los servicios públicos son la interpretación simultánea (en educación, charlas, etc.) y la bilateral (en las consultas, entrevistas, reuniones, etc.). En el caso de la interpretación de lengua de signos, puesto que las lenguas de trabajo de los profesionales (lengua oral y lengua de signos) no comparten la misma modalidad (una lengua se transmite por la vía oral-auditiva y otra por la viso-gestual), la interpretación bilateral se realiza, normalmente, de forma simultánea. Es habitual que, en los servicios públicos, los intérpretes de lengua de signos también realicen labores de traducción de textos (educativos, cumplimentación de formularios, instancias, etc.). Esta actividad consiste en producir en lengua de signos el contenido de un texto escrito, o viceversa.

Puesto que el intérprete de lengua de signos es el profesional que conoce ambas lenguas y, en el caso de la lengua oral, también domina el registro escrito, en ocasiones corrige o reescribe los textos redactados por un usuario signante.

En algunos centros de trabajo existe la figura del mediador sociocultural que trabaja, por ejemplo, con inmigrantes sordos que aún no dominan la lengua de signos del entorno. Cuando no se cuenta con mediador, será el intérprete el que realice una labor de adaptación mayor, con objeto de que el mensaje llegue a los usuarios de la forma que mejor comprendan. En este sentido, no podemos desligar la labor de interpretación de lengua de signos con la de mediación, puesto que al verter el sentido de un mensaje de una lengua a otra, la manera cultural de construir el mensaje en cada lengua es distinta.

Nota: Libro Blanco de la traducción y la interpretación institucional (Págs. 69-70)

http://ec.europa.eu/spain/pdf/libro_blanco_traduccion_es.pdf